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¿Qué es un casi accidente? Definición, ejemplos y cuándo reportarlo
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¿Qué es un casi accidente? Definición, ejemplos y cuándo reportarlo

La normativa peruana no usa el término casi accidente: define incidente e incidente peligroso. Qué los separa, quién clasifica el evento y cuándo corre el plazo de 24 horas para notificar al MTPE.

Equipo Laus
September 5, 2026

¿Qué es un casi accidente?

En la práctica de SST, suele llamarse casi accidente a un evento que ya ocurrió en el trabajo y que no terminó en lesión, o que solo requirió primeros auxilios. La clave está en que algo pasó: alguien resbaló y recuperó el equilibrio, un objeto cayó sin golpear a nadie. Si no hubiera ocurrido nada todavía, sería una condición o un acto por corregir, no un casi accidente.

Conviene saber algo desde el inicio, porque cambia cómo se busca en la norma: la normativa peruana de seguridad y salud en el trabajo no usa el término «casi accidente». No aparece en el Reglamento de la Ley 29783, ni en el decreto que aprueba el registro único de información, ni en la resolución que aprueba los formatos de registro. Lo que la norma sí define es incidente e incidente peligroso, y ahí es donde hay que ubicarse.

El Reglamento define el incidente como el «suceso acaecido en el curso del trabajo o en relación con el trabajo, en el que la persona afectada no sufre lesiones corporales, o en el que éstas sólo requieren cuidados de primeros auxilios». Eso es, en lenguaje común, el casi accidente.

¿Cuál es la diferencia entre un casi accidente y un incidente?

En la práctica son lo mismo: «casi accidente» es el nombre coloquial de lo que la norma llama incidente. La diferencia que sí importa no está entre esas dos palabras, sino entre tres categorías: el incidente, el incidente peligroso y el accidente de trabajo.

  • Accidente de trabajo. El Reglamento lo define como «todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional, una invalidez o la muerte». Hubo daño a la persona.
  • Incidente. Ocurrió el evento, pero sin lesión corporal, o solo con primeros auxilios.
  • Incidente peligroso. El Reglamento lo define como «todo suceso potencialmente riesgoso que pudiera causar lesiones o enfermedades a las personas en su trabajo o a la población». Tampoco hace falta que haya habido lesión, pero su potencial es alto.

La tercera categoría es la que tiene consecuencias distintas, y la que obliga a mirar más allá de si hubo o no una lesión. Un evento sin lesión puede caer en el segundo grupo o en el tercero, y no es lo mismo.

¿Cómo sé si un evento sin lesión es un incidente peligroso?

Se mira el potencial real del evento, no si hubo lesión. La ausencia de lesión no decide la clasificación: la deciden el potencial del evento y la exposición real de las personas. Un mismo suceso sin heridos puede ser un incidente interno o un incidente peligroso según lo que razonablemente pudo haber pasado.

Esto importa porque el Reglamento manda notificar al Ministerio de Trabajo, dentro de las 24 horas, los accidentes de trabajo mortales y los incidentes peligrosos. La clasificación no es una etiqueta administrativa: define si se activa esa obligación externa.

Un criterio práctico que usamos para analizar estos eventos parte de cinco preguntas:

  1. ¿Qué consecuencia razonablemente podía haber ocurrido si cambiaban unos centímetros, unos segundos o la posición de una persona?
  2. ¿Había energía, altura, carga, maquinaria, electricidad, vehículo o sustancia peligrosa capaz de producir una lesión grave?
  3. ¿Había personas realmente expuestas?
  4. ¿Falló una barrera crítica o un control importante?
  5. ¿El evento se parece a los tipos de incidente peligroso que contempla la normativa, o tiene un potencial equivalente?

Si el evento ocurrió sin lesión pero tenía un potencial serio y creíble de causar lesiones importantes, conviene tratarlo como candidato a incidente peligroso y pedir que el área de seguridad valide la clasificación de inmediato. Si el potencial era limitado y no hubo una exposición seria, encaja como incidente interno, que igual se registra y se gestiona.

Vale la pena notar que, una vez que un evento se clasifica como incidente peligroso, el formulario oficial de notificación pide indicar de qué tipo se trata, con su código. La clasificación previa sigue siendo una evaluación del caso; lo que el formulario aporta es un vocabulario común para declararla.

¿Quién debe clasificar el evento: quien lo reporta o el área de seguridad?

Quien reporta aporta los hechos. El área de seguridad clasifica. Esa separación es deliberada y evita un error concreto: cargar al trabajador que levanta el reporte con una decisión técnica y normativa que no le corresponde.

En una implementación, un cliente planteó exactamente esa preocupación: no quería que el trabajador que hacía el reporte inicial tuviera que decidir la clasificación final del evento. El flujo que adoptamos separa las dos cosas:

  • Trabajador o supervisor. Captura qué ocurrió y adjunta la evidencia. Un reporte preliminar, sin interpretación jurídica.
  • Jefatura y área de seguridad. Investiga, clasifica, define las acciones correctivas, y aprueba el cierre.

Si hay una duda relevante sobre la clasificación, se escala internamente. Por eso en LAUS la clasificación y los permisos son configurables, en lugar de obligar a quien reporta primero a tomar la decisión técnica final. Ese recorrido, de registrar el evento e investigarlo hasta el cierre, es el que sostiene el módulo.

¿Qué información hace que el reporte sirva?

Sirve cuando permite reconstruir la cadena completa: qué ocurrió, qué riesgo quedó a la vista, qué control falló, qué acción se tomó, quién es responsable y cuándo se cierra. Un reporte que solo dice que el trabajador se distrajo no permite prevenir nada, porque no explica qué del sistema falló.

Antes que el contenido del reporte está el reporte mismo, y ahí hay un problema aparte: por qué en la práctica estos eventos no se reportan es una discusión propia, con causas que van del miedo a la falta de un proceso simple.

Un caso concreto lo muestra bien. Cayó un tornillo en una zona de escalera y baranda. No hubo lesión. El reporte permitió identificar un riesgo por caída de objetos hacia esa zona, se paralizó el trabajo, y se instaló una contención física para controlarlo.

Ese es el punto: el valor del reporte no estuvo en registrar que se cayó un tornillo, sino en que dejó ver el riesgo por caída de objetos y derivó en una medida concreta, una barrera de contención sobre la trayectoria de caída.

El registro que exige la normativa peruana pide, entre otros datos, la descripción del evento basada en hechos, las causas, las medidas correctivas, el responsable y el estado de implementación. La palabra importante es hechos: una descripción subjetiva no comprobable no permite investigar nada después.

¿Qué eventos son casi accidente y cuáles pertenecen a otra categoría?

Un casi accidente exige que el evento haya ocurrido. Si el peligro está presente pero todavía no pasó nada, se trata de una condición o un acto subestándar, que se gestiona por otra vía. Si hubo lesión, ya es un accidente de trabajo.

Con eso, la clasificación queda así:

  • Condición subestándar. Una escalera defectuosa detectada antes de usarla. El evento aún no ocurrió.
  • Incidente o casi accidente. Alguien resbala y recupera el equilibrio, sin lesión. Ocurrió el evento, sin daño a la persona.
  • Incidente peligroso. Un evento sin lesión, pero con potencial serio de daño grave. Ocurrió el evento, y su potencial activa la notificación externa.
  • Accidente de trabajo. El evento produce lesión, invalidez o muerte. Hubo daño a la persona.

Registrar internamente y notificar al Ministerio de Trabajo son dos obligaciones distintas. El Reglamento exige llevar un registro interno de accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales, incidentes peligrosos y otros incidentes, con su investigación y sus medidas correctivas. Y por separado exige notificar al Ministerio, dentro de las 24 horas, los accidentes de trabajo mortales y los incidentes peligrosos.

Dicho de otra forma: que un evento entre al registro interno es una cosa, y que además active el plazo de notificación externa es otra. Lo que separa ambos casos es el potencial del evento, que es justamente lo que evalúa el área de seguridad al clasificarlo.