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Quién firma el PETAR en minería: el ingeniero supervisor y el jefe de área
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Quién firma el PETAR en minería: el ingeniero supervisor y el jefe de área

El PETAR en minería lo firman el ingeniero supervisor y el jefe de área donde se realiza el trabajo, para cada turno: así lo define el artículo 7 del Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional en Minería, aprobado por el Decreto Supremo N° 024-2016-EM.

Equipo Laus
03.11.2026

Quién firma el PETAR en minería: el ingeniero supervisor y el jefe de área

El PETAR en minería lo firman el ingeniero supervisor y el jefe de área donde se realiza el trabajo, para cada turno: así lo define el artículo 7 del Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional en Minería, aprobado por el Decreto Supremo N° 024-2016-EM.

La definición es literal y vive en el artículo 7, el de definición de términos: "Permiso Escrito para Trabajos de Alto Riesgo (PETAR): Es un documento firmado para cada turno por el ingeniero supervisor y jefe de área donde se realiza el trabajo mediante el cual se autoriza a efectuar trabajos en zonas o ubicaciones que son peligrosas y consideradas de alto riesgo."

La respuesta a quién firma está dentro de esa misma definición:

  • El ingeniero supervisor.
  • El jefe de área donde se realiza el trabajo.

En el blog de LAUS: ATS y PETAR: qué son y en qué se diferencian.

¿Cada cuánto se firma el PETAR en minería?

Para cada turno. El artículo 7 del Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional en Minería (Decreto Supremo N° 024-2016-EM) define el PETAR en minería como un documento firmado para cada turno por el ingeniero supervisor y jefe de área donde se realiza el trabajo.

¿Qué autoriza el PETAR en minería?

Autoriza a efectuar trabajos en zonas o ubicaciones que son peligrosas y consideradas de alto riesgo: así lo dice el artículo 7 del Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional en Minería (Decreto Supremo N° 024-2016-EM), en la misma definición que nombra al ingeniero supervisor y al jefe de área.

En el blog de LAUS: Permisos de alto riesgo y contratistas: el punto ciego en plantas industriales.

¿El Reglamento de la Ley N° 29783 dice quién firma el PETAR?

No. La palabra PETAR no aparece en el Reglamento de la Ley N° 29783, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2012-TR, y ese reglamento tampoco tiene un artículo que establezca un permiso escrito para trabajos de alto riesgo. Quien define el PETAR y dice quién lo firma es el Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional en Minería.

¿Cómo se registran en LAUS las firmas del ATS y del PETAR?

En LAUS el trabajador firma el ATS en la app y, al aprobarse, el PETAR se genera automáticamente con los datos, la actividad, los riesgos, los controles obligatorios, las firmas y la fecha y hora; quién aprueba cada permiso sale de la matriz de permisos y aprobadores que se configura al inicio.

Antes de que exista un permiso, LAUS parte de una configuración inicial: peligros, riesgos, controles, actividades críticas, equipos ejecutores, pasos estándar y la matriz de permisos y aprobadores, para que el registro sea rápido y estandarizado.

El trabajador completa el ATS desde la app antes de iniciar la actividad: la actividad, sus datos (cargo, área, sede, razón social), el lugar, las características, el equipo ejecutor (solo o en grupo) y los pasos del trabajo. Después firma el ATS, recibe la notificación de aprobación o invalidación y puede descargar el ATS o el PETAR en PDF.

Del lado del supervisor, LAUS avisa cuando se registra un ATS pendiente y permite revisar el detalle (datos, actividad, peligros, riesgos y controles, firma del trabajador), aprobar o invalidar, registrar evidencias y seguir la trazabilidad de los permisos de su área.

Del lado de la jefatura, LAUS recibe todos los ATS de campo en tiempo real, permite aprobar ATS y PETAR desde el dashboard o la app, consultar indicadores (actividades de alto riesgo, peligros más reportados, riesgos recurrentes, controles, permisos emitidos), monitorear tiempos de aprobación, rechazos y vencidos, y generar informes para auditorías.

Preguntas frecuentes

¿Qué significa la sigla PETAR?

PETAR es la sigla de Permiso Escrito para Trabajos de Alto Riesgo, tal como la escribe el artículo 7 del Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional en Minería (Decreto Supremo N° 024-2016-EM).

¿Quién debe contar con el PETAR según el artículo 36 del Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional en Minería?

Los trabajadores designados. El artículo 36 del Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional en Minería (Decreto Supremo N° 024-2016-EM) establece que, para desarrollar trabajos de alto riesgo, así como para el uso de equipos u otros que contengan material radioactivo, es obligatorio que los trabajadores designados cuenten con los PETAR correspondientes.

¿En qué trabajo de minería exige el Decreto Supremo N° 034-2023-EM la presencia de un ingeniero supervisor y el uso del PETAR?

En el desatoro de chutes y echadero con material campaneado. El artículo 307, literal e), numeral 4, de ese decreto dispone que todo trabajo de desatoro de chutes y echadero con material campaneado debe hacerse con presencia de un ingeniero supervisor y en uso del PETAR, delimitando la zona de trabajo.

Fuentes

  • Decreto Supremo N° 024-2016-EM, Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional en Minería, artículos 7 y 36. Texto oficial: https://busquedas.elperuano.pe/api/visor_html/1409579-1
  • Decreto Supremo N° 005-2012-TR, Reglamento de la Ley N° 29783. Texto oficial: https://busquedas.elperuano.pe/api/visor_html/781249-1
  • Decreto Supremo N° 034-2023-EM, que modifica el Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional en Minería, artículo 307, literal e), numeral 4. Texto oficial: https://busquedas.elperuano.pe/api/visor_html/2249422-2

Las citas reproducen el texto publicado en El Peruano en los enlaces de arriba.