Más artículos
¿Qué es el ROI en seguridad y salud en el trabajo, y lo definen el Decreto Supremo N° 005-2012-TR o la Resolución Ministerial N° 050-2013-TR?
Comunidad Laus

¿Qué es el ROI en seguridad y salud en el trabajo, y lo definen el Decreto Supremo N° 005-2012-TR o la Resolución Ministerial N° 050-2013-TR?

El ROI es el retorno de la inversión, una métrica de gestión empresarial que no definen el Decreto Supremo N° 005-2012-TR ni la Resolución Ministerial N° 050-2013-TR: en el texto completo de ninguno de los dos aparecen la sigla ROI ni la expresión retorno de la inversión.

Equipo Laus
June 10, 2025

¿Qué es el ROI en seguridad y salud en el trabajo, y lo definen el Decreto Supremo N° 005-2012-TR o la Resolución Ministerial N° 050-2013-TR?

El ROI es el retorno de la inversión, una métrica de gestión empresarial que no definen el Decreto Supremo N° 005-2012-TR ni la Resolución Ministerial N° 050-2013-TR: en el texto completo de ninguno de los dos aparecen la sigla ROI ni la expresión retorno de la inversión.

Tampoco aparece en el Decreto Supremo N° 005-2012-TR la palabra rentabilidad. Lo que ese decreto sí trae es un Glosario de Términos que define, entre otros, accidente de trabajo, auditoría, capacitación, control de riesgos, evaluación de riesgos y gestión de riesgos.

El Decreto Supremo N° 005-2012-TR es el Reglamento de la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Lo que sí está escrito en ese reglamento es quién paga la prevención, qué se registra y cuánto se conserva.

¿Qué dice el Decreto Supremo N° 005-2012-TR sobre quién asume el costo de la seguridad y salud en el trabajo?

El Decreto Supremo N° 005-2012-TR pone ese costo del lado del empleador: debe proporcionar los recursos adecuados para que los responsables de seguridad y salud puedan cumplir los planes y programas preventivos (artículo 26, literal j), asumir íntegramente el costo de la formación (artículo 28) y cargar con el costo del peritaje (artículo 95).

El literal j) del artículo 26 lo redacta así: el empleador está obligado a «Proporcionar los recursos adecuados para garantizar que las personas responsables de la seguridad y salud en el trabajo, incluido el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo o el Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo, puedan cumplir los planes y programas preventivos establecidos».

El artículo 28 lo dice de la capacitación: «debe realizarse dentro de la jornada de trabajo» y «En ningún caso el costo de la formación recae sobre los trabajadores, debiendo ser asumido íntegramente por el empleador».

El artículo 95 cierra con el peritaje: «El costo del peritaje es de cargo del empleador».

Para un cálculo de retorno, esos son costos del lado de la inversión, y el Decreto Supremo N° 005-2012-TR dice de quién son.

¿Qué registros obligatorios enumera el artículo 33 del Decreto Supremo N° 005-2012-TR?

Ocho, del literal a) al h): accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales, incidentes peligrosos y otros incidentes; exámenes médicos ocupacionales; monitoreo de agentes; inspecciones internas; estadísticas de seguridad y salud; equipos de seguridad o emergencia; inducción, capacitación, entrenamiento y simulacros; y auditorías.

El artículo los nombra bajo la fórmula «Los registros obligatorios del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo son»:

  • «Registro de accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales, incidentes peligrosos y otros incidentes, en el que deben constar la investigación y las medidas correctivas»
  • «Registro de exámenes médicos ocupacionales»
  • «Registro del monitoreo de agentes físicos, químicos, biológicos, psicosociales y factores de riesgo disergonómicos»
  • «Registro de inspecciones internas de seguridad y salud en el trabajo»
  • «Registro de estadísticas de seguridad y salud»
  • «Registro de equipos de seguridad o emergencia»
  • «Registro de inducción, capacitación, entrenamiento y simulacros de emergencia»
  • «Registro de auditorías»

El literal e), el registro de estadísticas de seguridad y salud, es la base numérica con la que una empresa puede construir un cálculo de ROI.

Entre los ocho literales del artículo 33 no figura ningún registro de retorno de la inversión.

¿Cuánto tiempo hay que conservar los registros obligatorios según el artículo 35 del Decreto Supremo N° 005-2012-TR?

Veinte (20) años el registro de enfermedades ocupacionales; diez (10) años posteriores al suceso los registros de accidentes de trabajo e incidentes peligrosos; y cinco (5) años posteriores al suceso los demás registros, según el artículo 35 del Decreto Supremo N° 005-2012-TR.

El texto del artículo lo dice así: «El registro de enfermedades ocupacionales debe conservarse por un período de veinte (20) años; los registros de accidentes de trabajo e incidentes peligrosos por un periodo de diez (10) años posteriores al suceso; y los demás registros por un periodo de cinco (5) años posteriores al suceso».

La última regla no nombra un registro en particular, sino «los demás registros», de modo que ninguno de los que enumera el artículo 33 queda sin plazo de conservación.

El mismo artículo 35 separa el archivo activo del pasivo: el empleador «cuenta con un archivo activo donde figuran los eventos de los últimos doce (12) meses de ocurrido el suceso, luego de lo cual pasa a un archivo pasivo que se deberá conservar por los plazos señalados en el párrafo precedente». Y si la Inspección del Trabajo requiere información de períodos anteriores a esos doce meses, «debe otorgar un plazo razonable para que el empleador presente dicha información».

Para quien quiera medir, ese es el horizonte de datos que el artículo 35 obliga a conservar: una serie de años, no la foto del mes.

¿De qué depende el monto de una multa según el numeral 48.1 del Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo?

No hay una cifra única: el numeral 48.1 del Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo, aprobado por el Decreto Supremo N° 019-2006-TR, expresa la multa en UIT y la hace depender del tamaño de la empresa, de la gravedad de la infracción y del número de trabajadores afectados.

Las tablas del numeral 48.1 cruzan esas variables y devuelven un factor. El más bajo de esas tablas es 0.045 UIT, para una microempresa con una infracción leve y un trabajador afectado; el más alto es 52.53 UIT, para una empresa que no es MYPE con una infracción muy grave y 1 000 o más trabajadores afectados.

El texto de ese numeral 48.1 es el que le dio el Decreto Supremo N° 008-2020-TR.

La norma fija UIT y no soles, así que el importe en soles se deriva y cambia cada año. Con la UIT de 2026, fijada en S/ 5 500 por el Decreto Supremo N° 301-2025-EF, ese 0.045 equivale a S/ 247.50 y ese 52.53 a S/ 288 915.00.

Dentro de un cálculo de retorno, una multa evitada entra como rango, no como cifra. Las tablas del numeral 48.1 aportan el rango de esa escala. Aportan un orden de magnitud, no un número que se pueda dar por descontado.

En el blog de LAUS: ¿Qué es el «Registro de estadísticas de seguridad y salud»? y ¿Cuál es el verdadero costo de un accidente laboral?.